PREGUNTAS FRECUENTES: ¿Hay que pagar impuestos por la financiación judicial previa a la resolución?
Lafinanciación previa a laresolución del litigio, también conocida como préstamo para pleitos pendientes o anticipo de efectivo, normalmente no se considera un ingreso imponible. Dado que está estructurado como un anticipo sin recurso sobre su liquidación prevista, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) no lo incluye en sus ingresos brutos.
Esto significa que la mayoría de los demandantes no tienen que declarar los fondos en su declaración de la renta ni pagar impuestos por la cantidad recibida.
Sin embargo, hay algunas excepciones importantes y consideraciones fiscales a tener en cuenta.
Las preguntas frecuentes que figuran a continuación ofrecen una explicación clara y completa del tratamiento fiscal de la financiación previa a la liquidación.
¿Los fondos de preliquidación se consideran ingresos imponibles?
No. La financiación previa a la liquidación no se considera una renta imponible porque está estructurada como una deuda sin recurso (préstamo) y no como una renta del trabajo.
En otras palabras, es dinero que usted está pidiendo prestado contra su acuerdo esperado, que usted devolverá si usted gana su caso (sin obligación si usted pierde).
Dado que no se trata de un salario o pago por servicios, el IRS no lo trata como un ingreso para usted.
- Clasificación de Hacienda: El Servicio de Impuestos Internos clasifica la mayor parte de la financiación de demandas como anticipos “sin recurso”, lo que significa que el reembolso depende de ganar el caso. Esta exención mantiene los fondos libres de impuestos para el demandante.
- Sin declaración de la renta: Al no tratarse de ingresos, no tendrá que declarar los fondos en su declaración de la renta y no tendrá que pagar impuestos por ellos.
¿Tengo que declarar en mi declaración de la renta los fondos recibidos antes de llegar a un acuerdo?
En general, no. Dado que la financiación previa a la liquidación no es una renta imponible, no es necesario declararla en la declaración de la renta. A la hora de presentar la declaración de la renta, el anticipo de la demanda no figura como ingreso ni como préstamo. Es independiente de sus ingresos imponibles del año.
Esto es válido tanto para los impuestos federales como para los estatales (aunque las leyes estatales pueden variar, así que consulte a un asesor fiscal en caso de duda).
No obstante, es aconsejable llevar un registro de todas las transacciones legales de financiación y consultar a su abogado o a un profesional fiscal sobre su situación específica.
En casos raros o complejos (por ejemplo, si su demanda no es un caso de lesiones personales), un asesor fiscal puede confirmar que no es necesario informar u orientarle si se da alguna circunstancia especial.
Pero para un demandante de lesiones personales estándar, no se requieren formularios de impuestos ni informes del anticipo de liquidación.
¿Por qué no se grava la financiación legal previa a la liquidación?
La financiacion legal previa a la transaccion escapa a los impuestos debido a como esta caracterizada bajo la ley. Es esencialmente un préstamo/adelanto contingente en lugar de un ingreso. Las principales razones por las que no se grava incluyen:
- Anticipo sin recurso: Los acuerdos de financiación previos a la liquidación son sin recurso, lo que significa que si pierde el caso, no tiene que devolver el anticipo. Esta estructura significa que el dinero no es un ingreso garantizado o enriquecimiento para usted – es contingente en un futuro acuerdo. El IRS generalmente no grava los ingresos por préstamos (ya que los préstamos deben ser devueltos), y debido a que este anticipo funciona como un préstamo contra su liquidación, no se grava.
- No son salarios ni ganancias: El dinero en efectivo que usted recibe no es el pago por el trabajo, servicios o productos – es simplemente su propio dinero de liquidación potencial antes de tiempo. El IRS excluye de los ingresos los daños recibidos por lesiones físicas personales (véase el IRC § 104 (a) (2)). Dado que la financiación legal le da una parte de esos daños por adelantado, conlleva el mismo estatus de exención de impuestos que el propio acuerdo (en casos de lesiones personales).
- Naturaleza de las indemnizaciones por daños personales: Si su caso es un caso de lesiones personales, el acuerdo subyacente (por lesiones físicas) está libre de impuestos por ley. El anticipo se extrae de ese fondo de liquidación libre de impuestos, por lo que el propio anticipo está igualmente libre de impuestos para usted.
En resumen, los anticipos se consideran una ayuda financiera temporal (que se reembolsará con la indemnización) y no un nuevo ingreso. Por eso, en la mayoría de los casos, usted no paga impuestos por ellos.
¿Son imponibles los préstamos o anticipos?
En la mayoría de los casos, no. Al igual que la financiación previa a la resolución, otras formas de financiación de litigios o préstamos para pleitos siguen el mismo principio: son anticipos sobre recuperaciones esperadas, no dinero ganado.
Por lo tanto, los beneficiarios no tributan por los fondos en el momento de recibirlos. No recibirá un formulario 1099 por el desembolso de un préstamo para pleitos y no lo contabilizará como ingreso en su declaración de la renta.
Incluso si usted ve términos como “préstamo” o “interés” en el acuerdo, recuerde que se trata de un préstamo sin recurso especial – no hay reembolso si pierde, y el reembolso (si gana) sale de la propia liquidación. Debido a esta estructura, Hacienda no lo considera un ingreso imponible ni una condonación de deuda.
Por el contrario, un préstamo bancario típico que se condona podría provocar la cancelación de la deuda del impuesto sobre la renta, pero un anticipo previo a la liquidación es diferente, ya que es contingente y está vinculado al resultado de una reclamación legal.
Importante: El tratamiento fiscal puede cambiar una vez resuelto el caso (cuando reciba realmente un acuerdo o una sentencia). El anticipo en sí no está sujeto a impuestos, pero la indemnización que reciba puede tener componentes imponibles. El punto clave aquí es que el acto de recibir un préstamo o anticipo no es un hecho imponible.
¿Las indemnizaciones por lesiones personales están sujetas a impuestos (y eso afecta al anticipo)?
La mayoría de las indemnizaciones por lesiones personales no están sujetas a impuestos, razón por la cual los anticipos sobre las mismas tampoco lo están. Según la legislación fiscal de EE.UU.(IRC Sección 104), los daños compensatorios por lesiones físicas o enfermedad física están excluidos de los ingresos imponibles.
Por ejemplo, si usted resuelve una reclamación por lesiones corporales (como un accidente de coche o un resbalón y caída), el dinero para sus facturas médicas, dolor y sufrimiento, daños a la propiedad, salarios perdidos debido a lesiones físicas, etc., generalmente está libre de impuestos a nivel federal.
Dado que la financiación previa a la liquidación en los casos de lesiones personales procede de estos daños no imponibles, hereda la misma exención fiscal.
Fiscalidad de los acuerdos y sentencias judiciales
Sin embargo, algunos tipos de pagos de demandas están sujetos a impuestos, y es útil que los demandantes conozcan estas diferencias (aunque no cambian el estatus fiscal de la financiación inicial):
- Daños punitivos: Estas indemnizaciones tienen por objeto castigar al demandado por una falta grave y disuadirle de comportamientos similares en el futuro. A diferencia de los daños compensatorios, los daños punitivos son ingresos imponibles para el demandante.
- Salarios perdidos / Reclamaciones laborales: Si parte de su demanda es una compensación por salarios perdidos o atrasos, esa parte está sujeta a impuestos – sustituye al salario sujeto a impuestos.
- Angustia emocional (no física): Los daños por angustia emocional o mental no causados por lesiones físicas están sujetos a impuestos. Si está relacionada con una lesión física, puede no estar sujeta a impuestos.
- Intereses del acuerdo: Cualquier interés previo o posterior a la sentencia que se acumule sobre su indemnización está sujeto a impuestos.
- Reclamaciones no relacionadas con lesiones: Las indemnizaciones por reclamaciones no físicas (por ejemplo, difamación) suelen estar sujetas a impuestos.
Ejemplo: El caso de lesiones personales de Jane se resuelve por 100.000 dólares: 80.000 dólares por lesiones físicas (libres de impuestos), 20.000 dólares por daños punitivos (sujetos a impuestos). Si Jane pidió un anticipo de 10.000 $, ese anticipo no tributó cuando lo recibió. Ella lo devolverá de su acuerdo, y sólo la parte punitiva de $20,000 se grava.
¿Afectará el hecho de tomar un adelanto de dinero antes del acuerdo a la cantidad que pagaré en impuestos sobre mi acuerdo?
No directamente. Tomar fondos antes de la liquidación no cambia el tratamiento fiscal de su liquidación – simplemente reduce la cantidad neta que usted recibe al final. No deberá ningún impuesto sobre el anticipo en sí, pero seguirá debiendo impuestos sobre cualquier parte imponible de su liquidación.
Por lo general, se considera que ha recibido la liquidación completa, aunque parte de ella se haya destinado a reembolsar al financiador. El IRS sigue gravando la parte imponible completa.
Sin embargo, dado que su desembolso final puede ser menor después de las tasas, su pago real de impuestos ese año podría ser menor debido a la reducción de los ingresos en mano, pero la obligación tributaria sigue basándose en el importe de liquidación imponible original.
Guía de preguntas frecuentes: ¿Cuánto cuesta la financiación legal previa a la liquidación?
¿Qué ocurre si utilizo mis fondos de preliquidación para inversiones o compras no esenciales?
El anticipo en sí no está sujeto a impuestos, pero los beneficios o ganancias derivados de la inversión de los fondos sí lo están. Por ejemplo, si invierte el anticipo y obtiene beneficios, éstos estarán sujetos al impuesto sobre plusvalías o al impuesto sobre la renta de las empresas.
Dicho esto, los expertos recomiendan utilizar los fondos sólo para los gastos de manutención necesarios para evitar gastos innecesarios.
Hacienda se centra en si se generan nuevos ingresos, no en la procedencia del dinero. Por lo tanto, aunque el anticipo no esté sujeto a impuestos, su uso para generar ingresos imponibles (como una inversión) dará lugar a obligaciones fiscales.
Si pierdo mi caso, ¿debo impuestos sobre los fondos que recibí antes de la liquidación?
No. Si usted pierde su caso, usted no devuelve la financiación, y usted no debe impuestos sobre ella tampoco. Los anticipos para pleitos son sin recurso, lo que significa que la empresa de financiación asume el riesgo. Hacienda no considera estos anticipos como ingresos en caso de impago.
A diferencia de los préstamos perdonados típicos, que pueden desencadenar la cancelación de la deuda tributaria, la financiación de la demanda está estructurada para ser contingente desde el principio. Por lo tanto, no se emite ningún 1099-C, y no se debe pagar ningún impuesto.
¿Recibiré un 1099 o un formulario de impuestos por los fondos previos a la liquidación?
No, no por la financiación en sí. Las compañías de financiación legal no emiten 1099s por los anticipos porque no son salarios o ingresos. Sin embargo, es posible que reciba un 1099 por el acuerdo en sí, especialmente si incluye daños punitivos, intereses u otros elementos imponibles.
Si todo su acuerdo está libre de impuestos (por ejemplo, por lesiones físicas personales), no se suele emitir ningún 1099. Pero si usted recibe uno, consulte a su abogado o asesor fiscal para informar adecuadamente de cualquier parte imponible.
¿Afecta la financiación previa al acuerdo a mi crédito o situación financiera (más allá de los impuestos)?
No, no afecta a su puntuación de crédito. La financiacion previa a la liquidacion no es reportada a las agencias de credito y no requiere una verificacion de credito. Porque es sin recurso y atado a su pleito, no aparece en su informe de crédito ni afecta su cuenta incluso si usted pierde su caso.
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